"EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO YA NO SERÁ PRESIDIDO POR EL MINISTRO"
29 de enero de 2018

El ministro de Trabajo, Javier Barreda, analiza los hallazgos de una investigación de Miguel Jaramillo, de Grade, que encuentra una correlación entre una sentencia del Tribunal Constitucional que permite la reposición en un puesto laboral (estabilidad absoluta) y el incremento sustancial de los contratos a plazo fijo y la caída de la sindicalización.Ahora, el CNT se interrumpió a partir del momento en que el ex ministro Grados empezó a plantear los temas laborales de fondo. Allí la CGTP se retiró. ¿Cómo vamos a establecer un diálogo sobre la famosa sentencia del Tribunal Constitucional del 2001 que, en buena cuenta, restablece la estabilidad laboral absoluta, de modo que las empresas ya no contratan o lo hacen a plazo fijo, como ha demostrado Miguel Jaramillo? Es un obstáculo para la generación de empleo decente, formal.Es un tema crítico que requiere, primero, analizar si la investigación de Jaramillo es una explicación completa del tema. Justamente, mañana martes Miguel viene al ministerio para exponernos su punto de vista, con el equipo técnico del ministerio y tal vez uno o dos observadores laboralistas para poder cotejar los presupuestos del estudio de Grade. ¿No sería bueno que invite también ahí a alguien de la CGTP, por ejemplo? Pero por supuesto. Pero yo quisiera un debate antes de entrar al CNT, porque también he visto unos estudios que refieren que los contratos a tiempo parcial comenzaron a crecer antes de la sentencia del TC.Bueno es un estudio muy serio, hasta econométrico.Así es, es un estudio serio, pero creo que es univariable; es decir, solamente por la variable de la sentencia no puedes explicar lo que pasa en el mercado laboral. Pero demuestra cómo la correlación es muy alta entre el momento en el que se dicta la sentencia y el momento a partir del cual suben los contratos a plazo fijo, que pasan de ser una minoría a una gran mayoría en la actualidad.No. Si uno ve la correlación previa a la sentencia, los contratos a plazo fijo se habían duplicado antes de la sentencia.