En junio de cada año, las empresas domiciliadas en el Perú que hicieron operaciones por más de S/200 mil con alguna de sus "partes vinculadas" o filiales, en el año fiscal anterior, deben presentar a la Sunat una declaración de "precios de transferencia", los mismos que explicaron en 2016 entre el 60% y 70% de la recaudación del Impuesto a la Renta (IR), según cifras de EY.La presentación de esa declaración jurada se hace en cumplimiento de la Ley del Impuesto a la Renta.Sin embargo, este año aún no se hacen porque el Decreto Legislativo 1312 trajo cambios a la norma del IR, modificando todo el procedimiento, y obliga a presentar dos más. Pero necesita el reglamento respectivo.