COMISIÓN DE TRABAJO APRUEBA QUE PAGO DE CTS SEA MENSUAL
15 de junio de 2006

Actualmente la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se deposita al trabajador dos veces al año (mayo y octubre). Ahora la Comisión de Trabajo del Congreso dispuso que su depósito sea mensual, como parte de la Ley General del Trabajo. Según lo aprobado, la CTS será equivalente al 8.33% de lo percibido por el trabajador y deberá ser depositada dentro de los cinco días del siguiente mes. Asimismo, la gratificación por Fiestas Patrias y Navidad deberá ser pagada en la primera quincena de los meses de julio y diciembre.