El delito de minería ilegal fue incorporado a la Ley contra el Crimen Organizado en octubre del 2016, con el Decreto Legislativo 1244 promulgado por este gobierno.Según el director ejecutivo de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), Pedro Solano, esto significó un paso importante debido a que con esta ley se dispone de herramientas especiales para investigar y procesar a personas por el delito de minería ilegal, el cual cumple las características del crimen organizado pues involucra a financistas, compra y venta de insumos, corrupción de funcionarios, trata de personas, sicariato, entre otros.Según la Ley 30077 o Ley contra el Crimen Organizado, para aplicar este enfoque los casos deben cumplir ciertas características. Entre ellas están la permanencia operativa, que el delito dependa de una estructura organizacional (de 3 o más personas), distribución de áreas, empleo de la violencia, intento de adquirir influencias sobre el Estado y la economía, que tenga un fin lucrativo, etc.