Uno de los principales argumentos que esgrime la congresista fujimorista Alejandra Aramayo en su proyecto de ley (1095) para retirar a la minería ilegal de la Ley de Crimen Organizado es que, en la actualidad, las normas no determinarían con claridad las diferencias entre la minería ilegal y la minería informal.Consultado al respecto, el ex viceministro de Interculturalidad y experto en temas ambientales Iván Lanegra explicó que la normatividad vigente sí contempla pautas claras para la calificación de la minería ilegal."La minería ilegal es aquella que se practica en áreas legalmente prohibidas, como las áreas naturales protegidas o las zonas arqueológicas. Hay una primera distinción por la ubicación", apuntó.En segundo lugar, detalló que la minería ilegal también está determinada por el uso insumos y equipos que están prohibidos por ley, como es el caso de las dragas. "Ese tipo de minería es automáticamente ilegal", resaltó.