La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) expresó su rechazo al fallo emitido por Cuarto Juzgado Constitucional de Lima que anula el contrato de licencia para la exploración y explotación del Lote 116, el cual se firmó antes de la vigencia de la Ley de Consulta Previa y su reglamento."Esta decisión del Poder Judicial violenta la estabilidad jurídica y es una pésima señal para los inversionistas en circunstancias que el sector hidrocarburífero peruano afronta una seria crisis por diversos factores como la conflictividad social, la tramitología y la caída del precio del petróleo", indicó en un comunicado.El gremio empresarial explicó que en el 2006 cuando se suscribió el Contrato de Licencia para la exploración y explotación del Lote 116, no era obligatorio o exigible someterlo a consulta previa."Con el fin de preservar la seguridad jurídica, tanto la Ley de Consulta Previa que entro en vigencia en el año 2011 y su reglamento aprobado en el 2012, disponen que los contratos suscritos con anterioridad no pueden ser dejados sin efecto por no haberse realizado el proceso de consulta previa", subrayó.En ese sentido, precisó que la inédita sentencia dada por el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima atenta contra las inversiones en el sector hidrocarburos y en el Perú en general; y a su vez, daña su imagen como receptor de inversiones porque ha generado inseguridad jurídica. Semana Económica,Revista Tecnología Minera, Revista ProActivo,Revista Rumbo Minero,Revista Energiminas,Revista Horizonte Minero, Revista Minería & Energía,Revista Mundo Empresarial,