Conocidas las cartas del MEF para sustituir los ingresos que dejará de percibir por no cobrar el anticipo adicional del Impuesto a la Renta (IR), la atención se centra ahora en la legalidad del impuesto que se denominaría Impuesto Temporal de Solidaridad Social a los Activos Netos, según la Cámara de Comercio de Lima.Y si bien llovieron los cuestionamientos al tributo cuando se creó en 1997, esta historia se volvería a repetir.Para el constitucionalista Raúl Ferrero Costa, el regreso a este impuesto originaría múltiples acciones de amparo por parte de las empresas, sobre todo aquellas que tengan pérdidas. En estos casos específicos alegarán la inconstitucionalidad y seguro que ganarán porque si el impuesto es similar al creado hace unos años, además atentaría contra su capacidad de contribución al ser confiscatorio, comentó. Esto sucedería así el nuevo tributo se acredite contra el Impuesto a la Renta (IR), advirtió.Es más, recordó que en su oportunidad se dictó fallos a favor de algunas empresas que se pronunciaron contra el impuesto.