EL EJECUTIVO BUSCA ACABAR CON LOS SINDICATOS FANTASMAS
7 de marzo de 2017

Todo sindicato que reciba de parte de sus afiliados trabajadores el pago de una cuota sindical deberá obligatoriamente tener una cuenta en el sistema financiero, según una reciente modificación al reglamento de relaciones colectivas. Con esta norma se busca la formalización de los ingresos de los sindicatos, y la eliminación de aquellos que son usados para encubrir ingresos.Al respecto, el laboralista Mauro Ugaz, socio de EY, explicó que se prohíbe que las retenciones por cuotas sindicales se realice por cualquier otra modalidad distinta al depósito en el sistema fi nanciero, bajo sanción administrativa. Asimismo, se dispone que las cuotas sindicales retenidas deberán ser depositadas en tres días hábiles desde la retención, anotó.

  • [Gestión,Pág. 11]
  • /