MYPES NO TENDRÁN QUE ACREDITAR VENTAS CADA MES PARA ACCEDER A IGV JUSTO
1 de marzo de 2017

El MEF modificó el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo para que las Mypes no deban acreditar las ventas cada mes para beneficiarse del IGV Justo. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó dicho reglamento para perfeccionar la reglamentación de la Ley 30524, con la cual las Mypes no tendrán que acreditar el valor de sus ventas cada mes para beneficiarse con la postergación del pago del IGV .Así, mediante el Decreto Supremo 029-2017-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, las Micro y Pequeñas (Mypes) no deberán acreditar cada mes, que sus ventas de los 12 meses anteriores, son menores a 1,700 UIT (6 millones 885,000 soles).