PARA QUE IGV BAJE A 15% SU RECAUDACIÓN EN UN AÑO DEBE LLEGAR AL 7.2% DEL PBI
9 de enero de 2017

La disposición de que el Impuesto General a las Ventas (IGV) baje de 16% a 15% desde el 1 de julio se aplicará siempre y cuando la recaudación por este concepto impositivo alcance el 7,2% del PBI en el periodo junio 2016-mayo 2017, precisó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).Explicó que el indicador que se evaluará consiste en la recaudación acumulada, en el periodo señalado, del IGV total (interno e importado sin incluir los traslados de detracciones a cuentas de Tesoro Público) neto de devoluciones devengadas, como porcentaje del PBI nominal acumulado 12 meses del mismo periodo.Apuntó que los datos de las variables tributarias son publicadas mensualmente en la Nota Tributaria de la Sunat; mientras que el dato del PBI nominal se extrae de la Nota de Estudios "Operaciones del Sector Público No Financiero" que publica mensualmente el Banco Central de Reserva (BCR).El MEF aclaró además que en nuestro país existe un Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 18%, el cual se compone del Impuesto General a las Ventas (IGV) que actualmente es de 16% y del Impuesto a la Promoción Municipal (IPM), que ahora es de 2%. Por ello que el 18% antes mencionado corresponde a la suma del IGV (16%) y el IPM (2%).