FALTA DE PAGO POR SERENAZGO EN LOS RECIBOS DE LUZ NO OCASIONARÍA EL CORTE DEL SERVICIO ELÉCTRICO
11 de octubre de 2016

El ministro del Interior, Carlos Basombrío, adelantó que producto de las facultades delegadas otorgadas por el Legislativo se promoverá que la tasa existente por el arbitrio municipal del servicio de serenazgo se cobre a través de los recibos de luz."Estamos haciendo que por convenio (entre las municipalidades y las empresas distribuidoras de energía) se cobre S/ 1 al mes", señaló.El tributarista Walker Villanueva explicó de modo general que el cobro de cualquier arbitrio (serenazgo, limpieza pública y otros) a través del recibo de luz no signifi ca que se corte el servicio eléctrico si no se cumple con el pago de la tasa municipal. Detalló que el pago de luz corresponde a un servicio de tipo privado relacionado a un contrato con la empresa distribuidora de electricidad; y de otro lado, el pago a esa misma empresa del arbitrio (en este caso por serenazgo) se realiza como un agente recaudador (similar al de la empresa cuando retiene el pago del Impuesto a la Renta.

  • [Gestión,Pág. 14]
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