La decisión de la Corte Suprema de Chile de aprobar la libertad provisional para el prófugo Alberto Fujimori ha sido sorpresiva pero no debe hacernos perder de vista, ni acá ni allá, los alcances de la misma ni el fondo del asunto: Se trata de un trámite estrictamente formal que no debe afectar en sí el proceso de extradición sobre el que hay abundantes argumentos.Por lo mismo, son desproporcionados e inconducentes los alegatos de los fujimoristas que interesadamente intentan presentar este hecho como un triunfo del cual puedan sacar réditos políticos. ¿Es que no aprendieron de su anterior y fallido triunfalismo? Del otro lado, es entendible la protesta de familiares de los asesinados en La Cantuta, así como de indignados peruanos de a pie contra esta decisión que perciben como una burla más.En todo caso, la justicia chilena, que goza de autonomía en un Estado de derecho, tiene que asumir su grave responsabilidad por las consecuencias de su resolución. Se señala que no habría riesgo de fuga, pero ello es relativo tratándose de un personaje que antes huyó de su país y que, por errado cálculo, prefirió anclar sorpresivamente en Chile antes que enfrentarse a la justicia peruana. Además, Fujimori ya engañó previamente a la Interpol, por lo cual se solicitó sanciones administrativas, incluso en el propio Chile.Igualmente, debemos enfatizar la vigencia de un firme tratado de extradición entre los estados chileno y peruano que, como marco general, debe guiar objetivamente la conducta de sus autoridades, siempre que se cumplan todos los requisitos legales. Tal es el reto de la Procuraduría Anticorrupción y de nuestros funcionarios: insistir en la consistencia de los expedientes presentados y de la responsabilidad del prófugo en los graves delitos imputados. También enfatizar que se trata de una causa judicial engarzada objetivamente en la lucha anticorrupción y que Fujimori no es, de ninguna manera, un perseguido político como pretende hacerse pasar, sino un consumado extraditable. (Edición sábado).