El Ejecutivo publicó la Ley aprobada por el Congreso que le delega la facultad de legislar en materia de reorganización del sistema de inversión pública en el marco de las concedidas para la reactivación económica y formalización. A través de su difusión en el diario oficial El Peruano, se da cuenta que el Ejecutivo tiene la facultad para legislar por el plazo de noventa (90) días calendario, en las materias concedidas, en los términos a que hace referencia el artículo 104 de la Constitución y el artículo 90 del Reglamento del Congreso.Asimismo también se da cuenta de las facultades para reorganizar el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y la simplificación administrativa, en los literales e), f) g) y h) respectivamente:e) Reorganizar el sistema de inversión pública, otorgándole una estructura de sistema administrativo efectivamente descentralizado, incorporando a los actores regionales para garantizar la eficiencia y eficacia del proceso de descentralización con el fin de agilizar e incrementar la calidad de la inversión pública.