REPATRIACIÓN DE CAPITALES QUE SE REINVIERTAN PAGARÁN IR ENTRE 5% Y 8%
29 de septiembre de 2016

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó un dictamen favorable con cinco modificaciones al texto sustitutorio del pedido de facultades legislativas del Ejecutivo para la reactivación económica, formalización y otros.Así, el dictamen precisó respecto las tasas que aplicarán los contribuyentes del regimen tributario especial temporal y sustitutorio que reemplazará temporalmente al pago del Impuesto a la Renta (IR) para favorecer la repatriación de capitales.De esta manera, cuando los contribuyentes regularicen las rentas generadas hasta el 31 de diciembre del 2015, pagarán una tasa de entre 10% a 12% como IR. Sin embargo, si adicionalmente a la declaración, los contribuyentes deciden reinvertir en el país estos capitales, se beneficiarán con tasas entre 5% y 8% por pago del IR.

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