El Tribunal Constitucional (TC), en abril del 2016, dispuso que el Congreso de la República, dentro de sus atribuciones, apruebe una regulación de la negociación colectiva, a partir de la primera legislatura ordinaria del periodo 2016-2017.El fallo ordenó que la Ley del Servicio Civil (Servir), que busca incorporar el mérito en los trabajadores del Estado, se aplicará a los trabajadores del Estado incluidos los del Banco Central de Reserva, Congreso de la República,Sunat, Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y Contraloría General de la República. Así como determinó que solo se excluirá a las carreras especiales o regímenes especiales del sector público como médicos, maestros, policías, entre otros, y empresas del Estado.Al respecto, Gestión supo que dentro de las facultades legislativas que el Ejecutivo pedirá al Congreso se desarrolla un proyecto de ley de Relaciones Colectivas para el sector Público (LRCP), que establecerá que aquellas entidades del régimen del Servir puedan negociar de manera unificada con el Estado el alza de sus sueldos desde el 2017.Asimismo, la LRCP además podría regular la parte sindical y de huelga, en donde se contemplaría como causa de nulidad de despido la que se origine por afiliación a un sindicato, entre otros.