CONGRESO PUEDE COMETER FALTA SI DEROGA DECRETO SOBRE SECTOR ELÉCTRICO
22 de noviembre de 2004

El especialista Jorge Avendaño explicó que el Decreto de Urgencia 07, que permitió superar el problema de los contratos entre las empresas generadoras y distribuidoras, es constitucional, a diferencia de lo que sostienen algunos integrantes de la Comisión de Defensa del Consumidor.Señaló que según la Constitución el Presidente puede dictar medidas extraordinarias en materia económica cuando lo requiera el interés nacional, siempre y cuando se dé cuenta al Congreso.Hizo hincapié en que el caso que dio oriegen al D.U. 07 era de interés nacional ya que se buscaba que el suministro de energía sea normal.

  • [Gestión,Pág. 20]
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