CAL: CABALA DEBE DEJAR EL CARGO ANTES QUE ESTADO DECIDA DESTITUIRLO
22 de noviembre de 2004

El voto singular que en su momento emitió el procurador Guillermo Cabala para sustentar que Lori Berenson no era terrorista es suficiente motivo para que piense en inhibirse de la procuraduría en el proceso contra Abimael Guzmán.Así opinó el decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Ulises Montoya, en diálogo con EXPRESO, al precisar que en el artículo 313 del Código Procesal Civil se establecen las consideraciones para que un magistrado pida alejarse del proceso que le ha sido asignado."Él debería evaluar la posibilidad de inhibirse. Cuando él dio su voto no tenía ni la más remota idea del encargo que se le iba a dar después, pero aun así debe alejarse del cargo y no esperar que el Estado decida destituirlo", sostuvo.Aclaró que aun cuando el voto singular de Cabala se produjo cuando este era vocal, esa opinión en algún momento podría ser utilizada para darle un contexto político al proceso contra Abimael e incluso se podría abrir la posibilidad de que alguien considere que hay un conflicto de intereses en la labor del procurador.