Ayer se habría realizado una reunión de mineros en la sede de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía para evaluar las medidas a tomar respecto de la decisión del Tribunal Constitucional (TC) sobre la jornada laboral atípica (diferente a la de ocho horas diarias).Y es que, si bien la decisión del TC de exigir el cumplimiento de la jornada de ocho horas se aplica inicialmente solo para el grupo de trabajadores que iniciaron la demanda en contra de Southern (uno de los nueve sindicatos que hay en la compañía), "esta es de aplicación a cualquier otra minera e incluso empresa de otra actividad en la que se presenten demandas de este tipo", señala el laboralista Jorge Toyama, de Miranda & Amado Abogados.De acuerdo con Toyama, "es válido el argumento del TC de promover la conciliación entre la vida personal y laboral de los trabajadores, pues es algo que se recomienda para mejorar la calidad de vida de estos, pero en el caso de la minería, cuya actividad se desarrolla en lugares alejados y de difícil acceso, no lo logrará con esta decisión". "Si obligas a un trabajador a laborar ocho horas durante seis días y requiere, en el mejor de los casos, de medio día para entrar o salir de la mina, ¿cómo logrará pasar un tiempo con su familia? El domingo no le alcanzará y simplemente lo perjudicarás. Lo mejor para él es trabajar más horas al día y ganar días extra de descanso para poder movilizarse", refiere el laboralista.