La Cámara de Comercio de Lima consideró que el Tribunal Constitucional (TC) va en contra de la carta magna cuando este afirma que las jornadas atípicas en el sector minero son inconstitucionales. La CCL afirmó además que la constitución permite a los empleadores en general establecer o convenir jornadas mayores a 8 horas diarias, siempre que no se exceda de 48 horas semanales. Asimismo la CCL afirma que si bien la sentencia del TC sólo prohibe establecer jornadas atípicas en el sector minero, esto bien podría sembrar un precedente en sectores como construcción, industria y pesca, entre otros, a pesar de que la Constitución sólo prohibe jornadas semanales mayores a las 48 horas.Por otro lado, la CCL dijo que para evitar que el Tribunal Constitucional siga emitiendo sentencias que hacen caso omiso a la legislación laboral, y la Constitución, el Congreso de la República debería debatir y aprobar el Proyecto de Ley 14321, con el propósito de precisar las facultades y prerrogativas que la Carta Magna le asigna al Tribunal Constitucional.