Un nuevo debate en materia laboral ha generado el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declara ilegal las jornadas atípicas o acumulativas en la actividad minera. Así, de acuerdo con la sentencia recaída en el Expediente Nº 4635-2004-AAA/TC, dichas jornadas discontinuas no podrán superar el promedio de ocho horas diarias ni de 48 por semana, ya sea que se trate de un período de tres semanas o un lapso más corto.Tras expresar su discrepancia con dicha jurisprudencia, el especialista en derecho laboral César Puntriano Rosas sostuvo que la regulación de la jornada laboral atípica es compatible con la Constitución y el Convenio de la OIT.En el primero, citó el artículo 25 de la Constitución que establece, textualmente: (...) en caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el período correspondiente no puede superar dicho máximo, es decir, las ocho horas diarias o 48 semanales. "La Constitución no establece sólo un horario de ocho horas diarias, sino que, cualquiera que sea éste, en ningún caso puede superar las 48 horas semanales. En cuanto a las jornadas acumulativas, habilita el trabajo más intenso en un turno -por ejemplo, 12 horas seguidas-, pero deberá mantenerse el máximo de 48 horas semanales.En el segundo, mencionó que el artículo 2º inciso c) del Convenio N° 1 de la OIT permite que la jornada diaria supere las ocho horas, siempre que el promedio semanal de un período de tres semanas no sobrepase las 48 horas. En ellas, se colige que la jornada atípica o acumulativa que no supere las 48 horas semanales, así se trabaje una jornada diaria mayor a las ocho horas, es compatible con la Constitución y con el Convenio Nº 1 OIT, ratificado por el Perú. El fallo, asimismo, atentaría contra la forma de organización productiva de todo campamento minero, donde las jornadas son de días consecutivos de trabajo con jornadas mayores a ocho horas, para aprovechar al máximo la mano de obra que, por estar en sitios alejados, no puede retornar diariamente a su domicilio como cualquier oficinista de jornada de ocho horas, agregó Puntriano Rosas, quien también es miembro del estudio Muñíz.