MODIFICAN REGLAMENTO DE OFERTA DE ACCIONES
2 de mayo de 2006

Todas las compras que en el ámbito internacional se dan de empresas con filiales en el Perú requerirán desde el próximo jueves la opinión de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev), según una modificación realizada por ese organismo al reglamento de Oferta Pública de Adquisición (OPA) y de Compra de Valores por Exclusión.Entre los cambios aprobados destaca la derogatoria del inciso m) del artículo 10 que exceptuaba las transacciones globales de la obligación de efectuar OPA. Conforme a dicho artículo, en tales casos no se requería ningún pronunciamiento por parte de Conasev, bastaba con cumplir las condiciones establecidas en dicho inciso para que procediese la excepción.Al respecto, el directorio Conasev ha considerado que en los casos de transacciones globales se mantendrá el tratamiento que hasta la fecha tienen, conforme al reglamento que estará vigente hasta el próximo 4 de mayo. Según la Resolución Conasev 630-1997-EF/94.10, si el oferente considera que existe una razón fundamentada para no efectuar una OPA, puede solicitar a la Conasev la exceptúe de la misma, en cuyo caso el ente supervisor evaluará el pedido concreto a efectos de determinar, luego del respectivo análisis, la procedencia o no de la excepción.