NEGOCIACIÓN COLECTIVA PUEDE EXCLUIR A TRABAJADORES TEMPORALES
15 de diciembre de 2015

La Corte Suprema señaló que la empresa y el sindicato pueden acordar excluir a los trabajadores contratados temporalmente de aquellos beneficios que se otorguen en la negociación colectiva, refirió Mauro Ugaz, socio de EY.El fallo (Cas. N° 1953- 2014- Lambayeque) sostiene que, de acuerdo a la ley de relaciones colectivas de trabajo, el acuerdo entre sindicato y la empresa permite fijar limitaciones o exclusiones que regulen el ámbito y su vigencia.

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