El Tribunal Constitucional (TC), máximo intérprete de la Constitución y legalidad de las normas del país, declaró improcedente la demanda de la Asociación Peruana de Empresas Aéreas (APEA), que buscaba evitar que los consumidores puedan endosar sus pasajes aéreos a otras personas o postergarlos.El caso se originó en un proceso de amparo iniciado por la APEA cuestionando la sanción impuesta por el Indecopi a dos aerolíneas nacionales, miembros de dicha agremiación, por vulnerar sus derechos constitucionales (libertad de empresa, debido proceso y otros). Sin embargo, el fallo del TC precisó que en los procedimientos sancionadores iniciados de oficio por el Indecopi, no existió ninguna infracción de los derechos fundamentales de las empresas y, además, convalidó la competencia del regulador para realizar investigaciones así como la protección de los consumidores.