El Tribunal Constitucional (TC) confirmó que las empresas pueden rechazar la negociación colectiva con sindicatos minoritarios, siempre que esta implique hacerlo de manera independiente del sindicato mayoritario de la empresa. Así, el TC ha señalado que el sindicato mayoritario es el que tiene el protagonismo en la negociación colectiva, indicó Mauro Ugaz, socio del área laboral de EY (antes Ernst & Young).Esto no significa que los sindicatos minoritarios sean excluidos de la negociación colectiva -precisa el TC-, sino que deberán hacerlo dentro de la negociación colectiva que se realiza entre el sindicato mayoritario y la empresa.