MINERAS VUELVEN A PERDER EN EL PODER JUDICIAL POR EL APORTE POR REGULACIÓN
4 de agosto de 2015

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la improcedencia de la demanda de amparo presentada por la empresa Compañía Minera Raura S.A. contra el Decreto Supremo Nº 130-2013-PCM del 19 de diciembre del 2013, que establece la alícuota del Aporte por Regulación, a cargo de las empresas del sector minería, que le corresponde percibir al OEFA para financiar la fiscalización ambiental en el Perú.Este fallo al igual que los emitidos contra la empresa Minsur S.A., Gold Fields La Cima S.A. y Cerro Verde S.A.A., indican que la vigencia del mencionado decreto supremo no ocasiona perjuicio a la empresa demandante, además de señalar que son los procesos de inconstitucionalidad y de acción popular los que deben resolver estas controversias, y no los procesos de amparo.A pesar de que la Compañía Minera Raura S.A. y Minsur S.A. tienen fallos desfavorables del Poder Judicial, solicitaron incorporarse como demandantes en el proceso iniciado por Southern Perú Cooper Corporation contra el Aporte por Regulación que percibe el OEFA.