Los inquilinos que estén alquilando un inmueble pueden acogerse al beneficio del sistema de alquiler - venta de viviendas, siempre que exista un acuerdo previo entre el propietario del mismo, sea o no una inmobiliaria, y a través de una entidad financiera, señaló la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco). "Debe haber un acuerdo entre el propietario del departamento y el comprador, no significa que con el dinero con el que estoy pagando mi alquiler puedo obligar al propietario a que me venda el inmueble, así no funciona este sistema", señaló el presidente del Comité de Edificaciones de Capeco, Ricardo Arbulú.