Pluspetrol señala que en 2013 la Corte Suprema declaró improcedente un recurso de casación interpuesto por el Ministerio de Energía y Minas, confirmando las sentencias que declaraban inejecutables las obligaciones de remediación contenidas en el Plan Ambiental Complementario (PAC) del Lote 8; sin embargo, la resolución que obliga a la empresa al pago de S/. 30 millones corresponde al proceso con el OEFA informó la Corte Superior de Justicia de Lima.El Quinto Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte de Lima explicó que aunque el OEFA haya sancionado después de dicha sentencia, en nada afecta la validez de la sanción, porque judicialmente no se han anulado las obligaciones, ni dicha entidad (OEFA) fue emplazada en el proceso judicial ni existía medida cautelar que limite la eficacia de las obligaciones al PAC.(Edición sábado).