En opinión de Rudolf Roeder, socio de PricewaterhouseCoopers, la posición de la Sunat deriva de una interpretación cuestionable del artículo 22 del reglamento del Título Noveno de la Ley General de Minería, que establece que las garantías contractuales beneficiarán al titular de la actividad minera exclusivamente por las inversiones que realice en las concesiones o Unidades Económico-Administrativas."La interpretación cuestionada habría sido plasmada en un informe de Sunat del año 1996, el cual no se encuentra publicado, lo que vulnera aún más los derechos del contribuyente", expresó Roeder.