Un proyecto de ley publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) propone fijar un plazo máximo de 30 días hábiles para levantar el secreto bancario, salvo disposición distinta del juez, autoridad pública o norma específica.Los días empezarían a computarse a partir de la fecha siguiente a la recepción de la solicitud."La norma está regulando los procesos y ayudará a que se atiendan los requerimientos oportunamente", opinó Rolando Castellares, socio del Estudio Castellares Abogados.Explicó que a veces surgen demoras, principalmente por errores ‘de forma’ en las solicitudes: un nombre mal escrito, problemas de homonimia, la omisión del número del Documento Nacional de Identidad (DNI), etcétera."Usualmente, los bancos atienden estos pedidos en no más de treinta días. Me parece un plazo adecuado", añadió.