SUNAT ENDURECE CRITERIO PARA VALIDAR REPARTO DE UTILIDADES COMO GASTO
19 de diciembre de 2014

La Sunat viene realizando acotaciones a las empresas que no prueben que sus extrabajadores cobraron efectivamente sus utilidades del ejercicio.Así, las empresas no podrán deducir el monto entregado como gasto para efectos del cálculo del Impuesto a la Renta (IR) de la empresa, explicó Miguel Bobadilla, gerente tax .Cabe precisar que de acuerdo a la legislación laboral, las empresas tienen como obligación el reparto de utilidades del ejercicio anual a sus trabajadores si generan rentas de tercera categoría, y si cuentan con más de 20 trabajadores, y en función del porcentaje a repartir por sector.Ahora bien, los trabajadores tienen ese derecho en función del tiempo laborado y de la remuneración percibida durante el ejercicio.

  • [Gestión,Pág. 13]
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