Una más. El Quinto Juzgado Constitucional de Lima emitió, en 2012, una medida cautelar que ordenaba al OSCE que admita las cartas-fianza expedidas por la Cooperativa de Ahorro y Crédito y Finanzas y Garantías, del entorno de Rodolfo Orellana, para el mejoramiento de la infraestructura del colegio Fitzcarrald, en Madre de Dios, a pesar de que esta no estaba registrada en la SBS ni afiliada a la Fenacrep.La obra, valorizada en S/.23’508,980, estuvo a cargo del consorcio Carlos Fermín Fitzcarrald, pero, al ver que incumplía el contrato, el gobierno regional lo resolvió y, por ello, quisieron ejecutar las cartas-fianza. Sin embargo, se dieron con la sorpresa de que ya existía una medida cautelar expedida por el Primer Juzgado Mixto de Tambopata que le impedía hacer uso de estas. Este juzgado ordenó a la región y al Banco Scotiabank que se abstengan de solicitar y hacer efectivas las cartas-fianza N°FC 012-06-2013 CACFG, por la suma de S/.2’350,898.07, así como la N°10405799-000, por la suma de S/.19,909.19, además de la AD-010-062013, por S/.2’988,409.10, y la última de N°016-AM-10-2013 CACFG, por S/.1’795,648, hasta que se expida el laudo arbitral bajo responsabilidad civil, penal y administrativa.