Los temores frente a la posibilidad de que un tratado de libre comercio (TLC) con Estados Unidos perjudique los derechos laborales adquiridos por los trabajadores fueron descartados por el viceministro de Comercio Exterior y jefe del Equipo Negociador, Pablo de la Flor Belaunde.Los temas negociados en el Capítulo Laboral, dentro de las negociaciones que se llevan a cabo para lograr este acuerdo comercial, se circunscriben básicamente a la aplicación de los "derechos fundamentales" ya ratificados por nuestro país, los cuales están contenidos en la Declaración de la OIT de 1998. Esta declaración reafirma la obligación de los países de respetar derechos fundamentales como la sindicalización, la negociación colectiva, el derecho a la no discriminación en el empleo y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil.Además, considerando que las obligaciones que se generarían en el capítulo laboral estarían referidas básicamente al cumplimiento de la legislación laboral interna y vigente en el país una vez que entre en vigor el TLC, su negociación no condiciona la discusión, aprobación o modificación de tales normas laborales, las cuales dependen exclusivamente de la política laboral que cada parte quiera implementar.