La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi declaró, en primera instancia, que el Aporte por Regulación (APR) que cobra el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), a cuatro empresas mineras es una barrera burocrática por no ajustarse a la ley. Para el Indecopi el monto recaudado por el OEFA sería ilegal, ya que no cuenta con una ley que la faculte para cobrar a estas empresas de acuerdo a lo previsto en el Código Tributario. Pero la CEB precisó que esta facultad sí la tiene el Osinergmin, y que no se busca anular el pago del aporte. Cabe recordar que un fallo del Poder Judicial declaró infundada la demanda iniciada por la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) contra el OEFA cuestionando el cobro del APR. Con ello se validó el pago de dichos aportes, aseguró el OEFA.