El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó el Reglamento del Registro de Buenas Prácticas Ambientales, que tiene por finalidad propiciar la difusión de las buenas prácticas realizadas por aquellos que cumplen con sus obligaciones ambientales. El Registro de Buenas Prácticas Ambientales fue establecido en el Artículo 7° de la Resolución Ministerial N° 167-2014-Minam.Para ser incorporadas en dicho registro, las unidades fiscalizables no deberán contar con hallazgos de presuntas infracciones administrativas, lo cual deberá constar en el informe de la última supervisión realizada por el OEFA.