RECIBOS POR HONORARIOS YA NO ESTARÁN AFECTOS AL IES
11 de noviembre de 2004

Ayer se publicó en el diario oficial la Ley 28378 que deroga el Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES) a partir del 1 de diciembre próximo.Con ello, los cobros que se hagan con recibos por honorarios que se emitan a partir del miércoles 1 de diciembre 2004 ya no estarán afectos al pago ni a la retención del 1.7%; sino sólo estarán afectos a la retención del 10% de 4ta categoría, si el monto del honorario supera los S/. 700.La norma también detalla que los servicios prestados antes del 1 de diciembre 2004, que se paguen parcial o totalmente a partir del 1 de diciembre 2004, ya no estarán afectos al pago ni a la retención del derogado IES.Asimismo, las remuneraciones de los trabajadores que se paguen a partir del 1 de diciembre ya no serán recortadas con este impuesto que era de cuenta de los empleadores; inclusive, cuando paguen retribuciones de la denominada 4ta.-5ta categoría, cuyas retenciones se efectúan en el Libro de Retenciones Art. 34° incisos "e" y "f" de la Ley del Impuesto a la Renta."Es una medida acertada", comentó el especialista Ricardo Herrera.