La Comisión de Economía del Congreso mantuvo la “inafectación” del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) a empresas en etapas preoperativas, a partir del 2015. Además, precisó que los pagos ya efectuados en el 2013 y 2014 serán considerados como créditos del Impuesto a la Renta y otros; y de existir un saldo podrán ser devueltos. “La Comisión acoge esta propuesta, dado que el ITAN es un mecanismo que facilita el pago de los impuestos sobre los activos netos, que a la vez puede ser considerado como pagos a cuenta, o crédito fiscal, según corresponda”, detalla el documento al que accedió Gestión. Cabe indicar que en el proyecto de ley original del Ejecutivo se planteaba la inafectación del ITAN a partir del 2015 y no se daba solución a los pagos efectuados en los años 2013 y 2014, ya que la exoneración se entendió vigente para las empresas en etapa preoperativa, iglesias no católicas, asociaciones sin fines de lucro y otros, hasta diciembre del 2012.