La OEFA aprobó una serie de normas reglamentarias para aplicar el artículo 19 de la Ley 30230, que promueve y dinamiza la inversión en el Perú, a los procedimientos sancionadores en trámite seguidos ante dicho organismo, así como para lograr una protección ambiental eficaz y oportuna.La norma aprobada establece que el mencionado artículo no afecta el dictado de mandatos de carácter particular, medidas preventivas, cautelares y correctivas, las cuales garantizan la efectiva y oportuna protección del ambiente y la salud de las personas.Tampoco afecta la potestad del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) de imponer multas coercitivas ante el incumplimiento de medidas cautelares y correctivas.Las multas coercitivas, que tienen una naturaleza distinta a las multas administrativas, pueden duplicarse sucesivamente e ilimitadamente en tanto persista el incumplimiento de la medida cautelar o correctiva por parte de la empresa investigada o infractor, según sea el caso.