La empresa minera Southern Perú Copper Corporation deberá cumplir con entregar sus acciones laborales y los dividendos generados por estas a sus ex servidores, como lo ha resuelto la justicia ordinaria.Esto se desprende de la sentencia emitida ayer por el Tribunal Constitucional que declaró improcedente una acción de amparo presentada por Southern Perú, para que se vuelva a discutir el reclamo de sus ex trabajadores."Como se demuestra objetivamente en este caso, no resulta justo para ningún ciudadano transitar las vías jurisdiccionales del Estado durante 18 años sin que aún se haya definido su pretensión", anotó el TC.