JUBILADOS DE LA LEY 19990 SÍ PODRÁN TRABAJAR
3 de febrero de 2006

Los jubilados de la Ley 19990 que se reincoporen a la actividad laboral podrán recibir remuneración y pensión simultáneamente, siempre y cuando la suma de ambos conceptos no supere el 50% de la UIT, es decir, no más de S/. 1,200.Así lo dispone el proyecto de ley que promueve la reincorporación laboral de los pensionistas de dicho régimen, aprobado ayer por la Comisión Permanente del Congreso.

  • [Perú 21,Pág. 11]
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