Entrevista a ex canciller Allan Wagner.El artículo 174 del fallo de la corte de La Haya dice que "sería posible que el punto Concordia no coincida con el punto de inicio de la frontera marítima tal como acaba de ser definida". Sí, pero primero hay que leer el artículo 153 que señala: "Ambas partes están de acuerdo en que la frontera terrestre fue establecida y limitada hace más de 80 años en conformidad con el artículo 2 del Tratado de Lima de 1929, que especifica: "La frontera entre los territorios de Chile y del Perú comenzará de un punto en la costa que se ha denominado Concordia, 10 km al norte del puente sobre el río Lluta". Y continúa: "el artículo 3 del Tratado de 1929 establece que la frontera está sujeta a la demarcación por una comisión mixta consistente en un miembro designado por cada parte". Es claro, pero por qué Es interesante que la corte arranque diciendo que la frontera terrestre fue establecida y delimitada mediante el Tratado de 1929, e indica claramente dónde comienza el punto de la costa llamado Concordia. El fallo continúa y llegamos al artículo 174 que usted menciona. Se lo traduzco: La corte no está requerida a tomar posición sobre la ubicación del punto Concordia, donde la frontera terrestre de ambas partes comienza. La corte nota que sería posible que el mencionado punto [Concordia] no coincida con el punto de inicio del límite marítimo tal como acaba de ser definido. La corte observa, sin embargo, que esa situación sería la consecuencia de acuerdos ya establecidos por las partes". No habla de llegar a acuerdos, menciona lo ocurrido en 1929. Hay un problema de traducción que induce a una gran equivocación. Porque si no, la corte estaría diciendo que nos pongamos de acuerdo en tal materia. Eso no dice la corte porque no tiene competencia sobre el límite terrestre, este es un caso de delimitación marítima. Aquello ya fue acordado en 1929. La corte señala no estar llamada a señalar la ubicación del punto Concordia, donde comienza la frontera terrestre. Sin embargo, para Chile el límite terrestre termina en el Hito 1. No es lo que dice el Tratado de 1929. Se genera, además, una situación extraña porque el Hito 1 está a 200 metros de la costa. ¿Qué ocurre con los 200 metros restantes? Todo está muy claro respecto al límite terrestre. El Perú le pidió a la corte que para establecer el límite marítimo la línea equidistante se iniciara en el punto de la frontera terrestre que es el punto Concordia... Chile aduce que tiene el dominio sobre el triángulo terrestre que va entre el paralelo, el Hito 1 y el punto Concordia, y que tiene 32 mil metros cuadrados. Que quede claro que este asunto no es materia del fallo de la corte.(Edición domingo).