A partir del 1 de enero del 2014, las empresas mineras, de hidrocarburos, electricidad y algunos subsectores de la industria que excedan los límites máximos permisibles (LMP) de contaminantes que viertan al ambiente, pagarán multas mayores a las hoy conocidas.Así lo dicta una norma del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), que modificó el esquema de sanciones a las actividades (antes citadas) bajo su ámbito de control, y establece multas que van desde 3 a 25,000 UIT (S/. 11,100 hasta S/. 92.5 millones). Este último monto se aplicará a quienes excedan los LMP y generen daño real a la vida o la salud humana, sin tener título habilitante, según dicta la Tipificación de Infracciones y Escala de Sanciones por Incumplimiento de los LMP, que dio OEFA.