El cambio de la sede habitual de trabajo a otra distinta de la empresa, sin previo aviso, no es un acto de hostilidad según un falló del Poder Judicial (la modificación de las condiciones de trabajo puede ocurrir respecto al lugar, pago, horario y otros). Este caso se originó en el expediente laboral en Casación N° 9792-2012-Junín. Un trabajador demandó a su empleador para el cese del acto de hostilidad considerado (el cambio de lugar de trabajo), pese a que laboró en ella por más de 15 años. Alegó que el traslado se produjo por un ánimo de venganza personal de su empleador por su condición de secretario del sindicato.