EMPRESAS ESTÁN EN EL LIMBO SOBRE PAGO DEL IR EN JUICIOS LABORALES
3 de septiembre de 2013

Atrapadas sin salida. Mientras el Tribunal Constitucional (TC) dispone que las empresas no pueden retener el Impuesto a la Renta (IR), las contribuciones a Essalud, o las aportaciones por pensiones (descuentos legales) de una suma ordenada a pagar por sentencia judicial; la Sunat señala lo contrario. Y esa contradicción podría provocar un doble pago de la empresa, ya que, además de no descontarlos al trabajador, tendría que pagarlos al Estado (Sunat, Essalud y ONP ) y a las AFP). Además el empleador, cualquiera sea su decisión, se enfrenta al problema de ser multado por la Sunat o sancionado penalmente por el Juzgado (delito de desacato), explicó el experto César Puntriano de PricewaterhouseCoopers (PwC).

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