La ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) dispone que los establecimientos de hospedaje (hoteles y otros) no aplicarán este tributo sobre las tarifas a los turistas que no permanezcan más de 60 días en el país, refirió Arturo Tuesta socio de PricewaterhouseCoopers (PwC). Sin embargo, una reciente modificación a la definición de "establecimiento de hospedaje", condiciona a que este cuente con una acreditación de categorización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), detalló. Esta acreditación, explicó, precisa el tipo de hotel u hospedaje sobre la base de ciertas condiciones (la clasificación es de una hasta cinco estrellas), y es facultativa.