El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció disposiciones reglamentarias para la adecuada afiliación obligatoria al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), de los trabajadores independientes que no superen los cuarenta años de edad. En abril del 2013, el MEF publicó el reglamento para el aporte de este sector laboral a las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP).Para aquellos independientes que perciban hasta 1.5 de la Remuneración Mínima Vital (RMV), la tasa de aporte obligatorio será gradual y se aplicará de la siguiente manera: siete por ciento hasta diciembre de 2014, diez por ciento durante el 2015 y 13 por ciento a partir de enero de 2016.