El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por congresistas de la República, en contra de tres aspectos esenciales de la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), Ley N° 29903, aunque interpretó el contenido de las normas impugnadas para hacerlas compatibles con la Constitución.En primer lugar, los parlamentarios alegaron que la afiliación obligatoria de los nuevos trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) adjudicataria de una licitación realizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), afectaba el derecho al libre acceso a las pensiones. A juicio del TC, la medida se encuentra justificada por la búsqueda del aumento de la competencia entre las AFP y de mejora de las condiciones para afiliados, asimismo el TC hace notar que la limitación del derecho es de carácter temporal (dos años).