El constitucionalista César Valega consideró que el artículo 60 de la Constitución Política del Perú no puede ser interpretado de ninguna otra forma, sino de aquella que ordena que el Ejecutivo debe pedir la autorización del Congreso para cambiar el régimen económico vigente referido de manera especial a la participación del Estado en asuntos empresariales. "No hay otro camino legal, sino cualquier decisión sería inconstitucional, ilegal e inaplicable", dijo el especialista, quien añadió que "en realidad lo que la Constitución señala es que el Estado no puede realizar inversiones más allá de lo que establece el marco constitucional, en su defecto cualquier otra actividad no prevista en la Constitución tendrá que ser autorizada por el Congreso de la República"."La carta constitucional vigente limita la actividad del Gobierno a la salud, educación, transporte y seguridad interna, para evitar justamente aventuras económicas como sucedió en anteriores gobiernos. Es una forma de cerrar o poner candado a decisiones cuestionadas", comentó. Valega aclaró que sólo cuando el sector privado "no puede desarrollar determinada actividad económica, entonces en esos casos específicos puede intervenir el Estado pero siempre solicitando autorización al Parlamento Nacional".