NADIE HA SIDO CONDENADO POR APOLOGÍA AL TERRORISMO
31 de marzo de 2013

El oficio Nº 6361 del Registro Nacional Judicial de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, que obra en manos de la Comisión de Justicia del Congreso, es revelador: "En la base de datos no se cuenta con ninguna condena registrada por el delito de apología al terrorismo".Desde su creación en el 2003, a través el Decreto Legislativo 924 que se incluyó en el artículo 316 del Código Penal, esta norma no ha podido ser aplicada. Pero la Comisión de Justicia, presidida por Marisol Pérez Tello, ya tiene listo un predictamen que será debatido desde el próximo miércoles.En este documento, que recoge tres proyectos de ley, se plantean modificaciones en definiciones de la norma. Según estas, la condena será no menos de 6 ni más de 12 años para quien, públicamente, "exalte un delito o enaltezca a la persona condenada", como su autor o partícipe.Es decir, ya no se habla solo de "apología", sino que se amplía a la "exaltación" o "enaltecimiento". "Si la exaltación o el enaltecimiento se hace de un delito de terrorismo o de la persona que haya sido condenada como su autor o partícipe, la pena será no menor de seis ni mayor de doce años", señala la norma en el inciso 2.(Edición sábado).