SANCIONARÁN A QUIENES HAGAN USO INDEBIDO DEL ATPDEA
19 de diciembre de 2005

A partir de hoy, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) tendrá la facultad de sancionar a los exportadores y productores que infrinjan las preferencias arancelarias previstas en la Ley de Promoción Comercial y Erradicación de la Droga (Atpdea).Se considerará una falta muy grave cuando el exportador o productor declare u omita dolosamente información falsa, con la finalidad de acogerse a las preferencias del Atpdea, o reincida en esta. En el caso de las entidades certificadoras, se les sancionará cuando estas utilicen los sellos oficiales del Mincetur para actividades distintas a la expedición de certificados de origen. Además, cuando no verifiquen el cumplimiento de los requisitos o normas de origen que exigen las normas internacionales antes de expedir los certificados respectivos. Las infracciones se clasificarán en muy graves, cuya multa no será menor a las cinco Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 16,500 nuevos soles, ni mayor a las 10 UIT, es decir, S/. 33,000.