DELITOS TRIBUTARIOS Y AMBIENTALES, Y LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL
15 de marzo de 2013

Recientemente el Poder Ejecutivo ha presentado al Congreso de la República el proyecto de ley N° 1833-2012, buscando la aprobación de la Ley Penal Contra el Crimen Organizado. Mediante dicho proyecto de ley se pretende incorporar a los delitos tributarios y ambientales como parte del crimen organizado, lo que perjudica, sin lugar a dudas, el normal desempeño de las empresas formales que ejercen una actividad legal y legítima, así como a sus propios funcionarios. Todo ello, pese a no existir una definición clara y precisa de organización criminal. Sin embargo, y en síntesis, dicha norma facilita la aplicación de las medidas del levantamiento del secreto tributario y bursátil, bancario, así como la interceptación telefónica, entre otras, llegando, inclusive, al extremo de poder ordenarse la clausura parcial o total de sus establecimientos o la suspensión de sus actividades sin la existencia de una sentencia condenatoria firme. Como bien se puede apreciar entonces, nos encontramos frente a una norma que pone en serio riesgo la existencia de las actividades comerciales, cuando en el ejercicio de las mismas se han tomado decisiones no adecuadas con la finalidad de incrementar sus ganancias. Ello contravendría los principios de necesidad y proporcionalidad, pues se pone en la misma situación a un empresario que toma una decisión empresarial incorrecta, con una persona que no hace otra cosa más que delinquir, que al matar o secuestrar pone en riesgo bienes jurídicos de incalculable valor. En pocas palabras, se pretende aplicar en el Perú la teoría del “Derecho penal del enemigo”, en la cual las normas están orientadas al infractor, tratando al sujeto como peligroso, pretendiendo de esta manera luchar contra la existencia del peligro.Lo cierto es que el Poder Ejecutivo comete un error al darles un trato igualitario a personas cuya peligrosidad y crueldad no puede compararse con la de una organización criminal, y donde existe la posibilidad de aplicar medidas que finalmente puedan quebrar una empresa formal, perjudicando a sus trabajadores, quienes no tienen responsabilidad alguna por las malas decisiones tomadas por los altos funcionarios, señala el abogado Marcelo Allemant F.

  • [Gestión,Pág. 14]
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